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	<title>Comentarios en: Nueva ley de pasantías: ¿a quiénes beneficia?</title>
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	<description>Escuela de Ciencias de la Comunicación &#124; Universidad Fasta</description>
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		<title>Por: Maria</title>
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		<dc:creator>Maria</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 19 Oct 2011 11:43:16 +0000</pubDate>
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		<description>Pero en la antigua LEY no  decia que la duracion era de 6 horas, sino de 4.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Pero en la antigua LEY no  decia que la duracion era de 6 horas, sino de 4.</p>
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		<title>Por: clau</title>
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		<dc:creator>clau</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 20 Dec 2010 16:09:26 +0000</pubDate>
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		<description>hola,,queria hacer una consulta,,soy estudiante y me encuentro respaldada por la cobertura social de mis padres voy a comenzar una pasantia y queria saber si al concluir el año de pasantia voy a tener nuevamente el respaldo de la obra social de mis padres??</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>hola,,queria hacer una consulta,,soy estudiante y me encuentro respaldada por la cobertura social de mis padres voy a comenzar una pasantia y queria saber si al concluir el año de pasantia voy a tener nuevamente el respaldo de la obra social de mis padres??</p>
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		<title>Por: juan</title>
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		<dc:creator>juan</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 16 Nov 2010 00:30:10 +0000</pubDate>
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		<description>por favor me podrian decir como se calculan y a cargo de quienes estan los aportes y contribuciones a obra social de los comprendidos dentro del regimenm de pasantias de las leyes
25.165 y 26427 . muchas gracias</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>por favor me podrian decir como se calculan y a cargo de quienes estan los aportes y contribuciones a obra social de los comprendidos dentro del regimenm de pasantias de las leyes<br />
25.165 y 26427 . muchas gracias</p>
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		<title>Por: Marcela</title>
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		<dc:creator>Marcela</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 22 Apr 2010 02:00:02 +0000</pubDate>
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		<description>Existe un límite de edad para realizar una pasantía?</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Existe un límite de edad para realizar una pasantía?</p>
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		<title>Por: Juanma</title>
		<link>http://www.linkeados.com.ar/2009/05/06/nueva-ley-de-pasantias-%c2%bfa-quienes-beneficia/comment-page-1/#comment-946</link>
		<dc:creator>Juanma</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 15 Mar 2010 21:50:00 +0000</pubDate>
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		<description>Hola, soy estudiante de secundaria de la Escuela Emilio Civit de Mendoza. Estoy en el ultimo año a punto de recibirme de Tecnico Electricista y me indigna mucho saber que culpa de esta Ley no voy a poder hacer las pasantias ya que ninguna empresa nos acepta porque directamente pierden dinero. Yo no pretendo ganar dinero en mis pasantias, lo que quiero es aprender lo que estudie durante 6 años, poder aplicarlo y poder introducirme en el ritmo de trabajo empresarial. 

Pero no me voy a quedar de brazos cruzados. Mis compañeros y yo vamos a ponernos en marcha para poder realizar las pasantias porque TODOS tenemos derecho y queremos realizarlas. 

Ojala otros estudiantes de otras provincias comienzen a moverse con el mismo fin.

Saludos.

Si alguien desea contactarse les dejo mi correo: juanmanuel182_8@hotmail.com</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola, soy estudiante de secundaria de la Escuela Emilio Civit de Mendoza. Estoy en el ultimo año a punto de recibirme de Tecnico Electricista y me indigna mucho saber que culpa de esta Ley no voy a poder hacer las pasantias ya que ninguna empresa nos acepta porque directamente pierden dinero. Yo no pretendo ganar dinero en mis pasantias, lo que quiero es aprender lo que estudie durante 6 años, poder aplicarlo y poder introducirme en el ritmo de trabajo empresarial. </p>
<p>Pero no me voy a quedar de brazos cruzados. Mis compañeros y yo vamos a ponernos en marcha para poder realizar las pasantias porque TODOS tenemos derecho y queremos realizarlas. </p>
<p>Ojala otros estudiantes de otras provincias comienzen a moverse con el mismo fin.</p>
<p>Saludos.</p>
<p>Si alguien desea contactarse les dejo mi correo: <a href="mailto:juanmanuel182_8@hotmail.com">juanmanuel182_8@hotmail.com</a></p>
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	<item>
		<title>Por: Carlos Alegre</title>
		<link>http://www.linkeados.com.ar/2009/05/06/nueva-ley-de-pasantias-%c2%bfa-quienes-beneficia/comment-page-1/#comment-375</link>
		<dc:creator>Carlos Alegre</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 26 Dec 2009 13:51:47 +0000</pubDate>
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		<description>Ciro:
La disposición 20.699 del año 2006 de la Dirección Nacional de Migraciones establece los tipos de estudiantes internacionales:; contempla expresamente a los pasantes; distingue entre los estudiantes del Mercosur y otros.

De cualquier manera, a ambos tipos se les otorgan beneficios adicionales comparados con los que suelen ofrecer otros países. Pareciera que nuestro país está promoviendo el ingreso de estudiantes. Mirá el portal de Ministerio de Educación. 

Los estudiantes de intercambio hasta pueden tener una relación laboral.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Ciro:<br />
La disposición 20.699 del año 2006 de la Dirección Nacional de Migraciones establece los tipos de estudiantes internacionales:; contempla expresamente a los pasantes; distingue entre los estudiantes del Mercosur y otros.</p>
<p>De cualquier manera, a ambos tipos se les otorgan beneficios adicionales comparados con los que suelen ofrecer otros países. Pareciera que nuestro país está promoviendo el ingreso de estudiantes. Mirá el portal de Ministerio de Educación. </p>
<p>Los estudiantes de intercambio hasta pueden tener una relación laboral.</p>
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	<item>
		<title>Por: florencia</title>
		<link>http://www.linkeados.com.ar/2009/05/06/nueva-ley-de-pasantias-%c2%bfa-quienes-beneficia/comment-page-1/#comment-183</link>
		<dc:creator>florencia</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 18 Nov 2009 19:50:06 +0000</pubDate>
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		<description>mi situacion es la siguiente, trabajo como pasante desde julio del 2008, con contratos cortos. mi contrato vencio en septiembre del año corriente , por consiguiente trabaje todo el mes de octubre y al momento del cobro me anunciaron que no iba a cobrar el mes porque vencio el contrato. ahora no se nada sobre mi situacion ya que no se si con la nueva ley puedo seguir trabajando como pasante. mi otra consulta tambien es que actitud deberia como trabajadora si en fecha de cobro recien me informan que no voy a recibir el salario por ese mes trabajado, me corresponde hacer algun reclamo??? ahora estoy en espera de recibir novedades ya que supuestamente van a renovar mi contrato como pasante, pero mientras tanto no estoy recibiendo retribucion. espero su respuesta muchas gracias.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>mi situacion es la siguiente, trabajo como pasante desde julio del 2008, con contratos cortos. mi contrato vencio en septiembre del año corriente , por consiguiente trabaje todo el mes de octubre y al momento del cobro me anunciaron que no iba a cobrar el mes porque vencio el contrato. ahora no se nada sobre mi situacion ya que no se si con la nueva ley puedo seguir trabajando como pasante. mi otra consulta tambien es que actitud deberia como trabajadora si en fecha de cobro recien me informan que no voy a recibir el salario por ese mes trabajado, me corresponde hacer algun reclamo??? ahora estoy en espera de recibir novedades ya que supuestamente van a renovar mi contrato como pasante, pero mientras tanto no estoy recibiendo retribucion. espero su respuesta muchas gracias.</p>
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	<item>
		<title>Por: caio</title>
		<link>http://www.linkeados.com.ar/2009/05/06/nueva-ley-de-pasantias-%c2%bfa-quienes-beneficia/comment-page-1/#comment-161</link>
		<dc:creator>caio</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 14 Nov 2009 23:19:50 +0000</pubDate>
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		<description>Una verguenza, consultad a un abogado pues...</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Una verguenza, consultad a un abogado pues&#8230;</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: Andrea</title>
		<link>http://www.linkeados.com.ar/2009/05/06/nueva-ley-de-pasantias-%c2%bfa-quienes-beneficia/comment-page-1/#comment-157</link>
		<dc:creator>Andrea</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 12 Nov 2009 02:33:49 +0000</pubDate>
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		<description>Hola, mi consulta es que pasa cuando hay un contratode pasantias con el municipio y éste no cumple con con el pago establecido y menos con obra social o alguna cobertura, encima te quedan debiendo 4 meses de trabajo y luego te dicen que no te van a poder pagar y que no vayas mas, cual es el &quot;Derecho&quot; que ampara al pasante ante tan injusta causa porque tengo entendido que al ser un organismo del Estado nada se puede hacer, es tan así??gracias por responder.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola, mi consulta es que pasa cuando hay un contratode pasantias con el municipio y éste no cumple con con el pago establecido y menos con obra social o alguna cobertura, encima te quedan debiendo 4 meses de trabajo y luego te dicen que no te van a poder pagar y que no vayas mas, cual es el &#8220;Derecho&#8221; que ampara al pasante ante tan injusta causa porque tengo entendido que al ser un organismo del Estado nada se puede hacer, es tan así??gracias por responder.</p>
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	<item>
		<title>Por: Jorge</title>
		<link>http://www.linkeados.com.ar/2009/05/06/nueva-ley-de-pasantias-%c2%bfa-quienes-beneficia/comment-page-1/#comment-141</link>
		<dc:creator>Jorge</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 30 Oct 2009 01:39:09 +0000</pubDate>
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		<description>Consulta acerca de infracciones a la ley 26427. Pasantías Educativas.

Bueno antes que nada Buenos Días, mi situación es la siguiente yo llevo como pasante en la misma institución ya dos años y medio. La cronología de contrataciones es la siguiente:
	
                                
Contrato Pasantía          Desde el 07/05/2007 al 06/08/2007
Primera Prorroga           Desde el 07/08/2007 al 06/11/2007
Segunda Prorroga          Desde el 07/11/2007 al 31/12/2007
Tercera Prorroga            Desde el 04/02/2008 al 04/05/2008
Cuarta Prorroga              Desde el 05/05/2008 al 31/12/2008
Quinta Prorroga              Desde el 02/02/2009 al 30/06/2009
Sexta Prorroga                Desde el 01/07/2009 al 31/12/2009.

El 18 de diciembre de 2008 entra en vigencia la ley 26427, a esa fecha yo ya sumaba 18 meses de antigüedad como pasante en la institución (limite máximo establecido por el art.13 de la ley 26427) y como detalle mas arriba mi contrato vencía el 31 de diciembre de 2008.

Mi primera consulta es la siguiente: ¿correspondería que me hayan renovado el contrato nuevamente en febrero de 2009 siendo que el articulo 23 de la ley establece que los contratos que estén vigentes a la fecha de promulgación de la ley se cumplirán hasta la finalización del plazo oportunamente suscripto, no pudiendo ser renovados ni prorrogados.?


En los contratos que se desarrollan el año 2009:
No cuento con la cobertura de salud dispuesta  por el art. 15 in fine de la ley, trabajaba mas de las horas previstas en el articulo 13 de la ley, y además no cobraba la asignación estimulo de manera proporcional al salario básico convencional de la actividad tal como lo establece el articulo 15 de la ley, sino que un tanto menos.

Nunca me han notificado de la existencia de la nueva ley de pasantías en forma fehaciente como lo establece el articulo 8 in fine.
No costa en el acuerdo individual de pasantía, el Plan de Pasantía Educativa que figura en el artículo 9 inciso d, que debe realizarse conforme a lo estipulado en el artículo 17 de la ley y como no consta porque no existe, no me han notificado fehacientemente conforme reza el artículo 17 en su parte final.
Tampoco consta en el acta acuerdo individual la enumeración de las tareas encomendadas al pasante que estable el inciso g del artículo 9.

Ademas y como si fuera poco, puedo probar mediante testigos que realizo tareas que no están acordes con mi formación académica, es mas son tareas que no requieren formación académica alguna, y son fáciles para mi probarlas porque luego de dos años y medio de venirla realizando adquirieron el componente de la habitualidad. Ademas lo hago frente a más de un centenar de personas que concurren habitualmente a la institución ya que se trata de una institución de educación superior. Y muchas de las tareas que realizo son las misma que realizaría si estuviese contratado por tiempo indeterminado en ese puesto.

Ademas pero esto ya requiere un mayor grado de análisis, considero desde mi punto de vista que estoy ocupando un puesto existente dentro de la organización, en función a una ecuación que utilizan las instituciones educativas para calcular el número de administrativos en función a la cantidad de alumnos.
 
Desde mi punto de vista mi pasantía es una “Ficción Legal” y no resiste el mínimo argumento en contra. Pero yo no soy la autoridad de aplicación, es por eso me gustaría recibir sus comentarios para saber si es la situación es tan grave como yo pienso y si  puedo llevar a cabo algún tipo de reclamo para que se intime a la institución a registrar la relación laboral.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Consulta acerca de infracciones a la ley 26427. Pasantías Educativas.</p>
<p>Bueno antes que nada Buenos Días, mi situación es la siguiente yo llevo como pasante en la misma institución ya dos años y medio. La cronología de contrataciones es la siguiente:</p>
<p>Contrato Pasantía          Desde el 07/05/2007 al 06/08/2007<br />
Primera Prorroga           Desde el 07/08/2007 al 06/11/2007<br />
Segunda Prorroga          Desde el 07/11/2007 al 31/12/2007<br />
Tercera Prorroga            Desde el 04/02/2008 al 04/05/2008<br />
Cuarta Prorroga              Desde el 05/05/2008 al 31/12/2008<br />
Quinta Prorroga              Desde el 02/02/2009 al 30/06/2009<br />
Sexta Prorroga                Desde el 01/07/2009 al 31/12/2009.</p>
<p>El 18 de diciembre de 2008 entra en vigencia la ley 26427, a esa fecha yo ya sumaba 18 meses de antigüedad como pasante en la institución (limite máximo establecido por el art.13 de la ley 26427) y como detalle mas arriba mi contrato vencía el 31 de diciembre de 2008.</p>
<p>Mi primera consulta es la siguiente: ¿correspondería que me hayan renovado el contrato nuevamente en febrero de 2009 siendo que el articulo 23 de la ley establece que los contratos que estén vigentes a la fecha de promulgación de la ley se cumplirán hasta la finalización del plazo oportunamente suscripto, no pudiendo ser renovados ni prorrogados.?</p>
<p>En los contratos que se desarrollan el año 2009:<br />
No cuento con la cobertura de salud dispuesta  por el art. 15 in fine de la ley, trabajaba mas de las horas previstas en el articulo 13 de la ley, y además no cobraba la asignación estimulo de manera proporcional al salario básico convencional de la actividad tal como lo establece el articulo 15 de la ley, sino que un tanto menos.</p>
<p>Nunca me han notificado de la existencia de la nueva ley de pasantías en forma fehaciente como lo establece el articulo 8 in fine.<br />
No costa en el acuerdo individual de pasantía, el Plan de Pasantía Educativa que figura en el artículo 9 inciso d, que debe realizarse conforme a lo estipulado en el artículo 17 de la ley y como no consta porque no existe, no me han notificado fehacientemente conforme reza el artículo 17 en su parte final.<br />
Tampoco consta en el acta acuerdo individual la enumeración de las tareas encomendadas al pasante que estable el inciso g del artículo 9.</p>
<p>Ademas y como si fuera poco, puedo probar mediante testigos que realizo tareas que no están acordes con mi formación académica, es mas son tareas que no requieren formación académica alguna, y son fáciles para mi probarlas porque luego de dos años y medio de venirla realizando adquirieron el componente de la habitualidad. Ademas lo hago frente a más de un centenar de personas que concurren habitualmente a la institución ya que se trata de una institución de educación superior. Y muchas de las tareas que realizo son las misma que realizaría si estuviese contratado por tiempo indeterminado en ese puesto.</p>
<p>Ademas pero esto ya requiere un mayor grado de análisis, considero desde mi punto de vista que estoy ocupando un puesto existente dentro de la organización, en función a una ecuación que utilizan las instituciones educativas para calcular el número de administrativos en función a la cantidad de alumnos.</p>
<p>Desde mi punto de vista mi pasantía es una “Ficción Legal” y no resiste el mínimo argumento en contra. Pero yo no soy la autoridad de aplicación, es por eso me gustaría recibir sus comentarios para saber si es la situación es tan grave como yo pienso y si  puedo llevar a cabo algún tipo de reclamo para que se intime a la institución a registrar la relación laboral.</p>
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